UGT valora la ampliación de la protección por desahucios, pero hay que ir más allá

España

www.nosolomerida.es | Demanda una auténtica segunda oportunidad para hogares con deudas hipotecarias

UGT considera que las medidas publicadas hoy en el BOE, vienen a paliar, de forma parcial, el grave problema de acceso a una vivienda digna y adecuada que sufren miles de ciudadanos y ciudadanas en nuestro país.

Es preciso adoptar medidas estructurales y consensuadas para solucionar los problemas de acceso a una vivienda digna, en línea con las propuestas contenidas en la Iniciativa Sindical por el derecho a la vivienda, que se remitió al Gobierno y a los partidos políticos.

Hay que aumentar los recursos destinados anualmente a la política estatal de vivienda (hasta alcanzar el 0,3% del PIB en cuatro años, esto es 4.000 millones de euros); consolidar un gran Parque Público de Viviendas en Alquiler Asequible, o regular una auténtica “segunda oportunidad” para aquellos hogares con deudas hipotecarias.

Hoy se ha publicado en el BOE, el Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública, en cuyo artículo segundo, se modifica la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.

Esta norma se aprobó para atender a aquellas personas que, habiendo contraído un préstamo hipotecario para la adquisición de su vivienda habitual, encontraban dificultades para hacer frente al pago. Una de las medidas contenidas en su texto, era la suspensión de los lanzamientos de hogares en situación de especial vulnerabilidad.

Habiendo transcurrido casi siete años de su entrada en vigor, comprobamos cómo multitud de deudores y sus familias, continúan en igual o peor situación de vulnerabilidad. Es por ello que, el Gobierno amplía el plazo de suspensión de los lanzamientos por otros cuatro años más, hasta mayo de 2024, incrementando tanto los supuestos de especial vulnerabilidad como los colectivos vulnerables. La norma extiende su suspensión igualmente cuando el adjudicatario de la vivienda sea tanto persona física como jurídica y no sólo cuando se haya adjudicado al acreedor, o a cualquier persona que actuase por su cuenta, como ocurría hasta el momento.

UGT valora  positivamente estas reformas coyunturales que no sólo mantienen la protección hacia los deudores hipotecarios y sus familias, sino que amplían los supuestos hacia nuevos colectivos especialmente vulnerables a saber: unidades familiares monoparentales con al menos un hijo a cargo; se aumentan los ingresos del conjunto de los miembros de la unidad familiar y, se visibiliza el problema de la venta de viviendas a “fondos buitres”, al incluir el supuesto de suspensión a aquellas adjudicaciones en el que la vivienda no sólo se haya entregado al acreedor sino también a cualquier persona física o jurídica.

El sindicato entiende que, con estas medidas adoptadas en la presente norma, se viene a paliar de forma parcial el grave problema de acceso a una vivienda digna y adecuada que sufren miles de ciudadanos y ciudadanas en nuestro país y es por ello que se hace necesario medidas estructurales sostenidas en el tiempo y consensuadas en los tres niveles de la administración: Gobierno central, comunidades autónomas y ayuntamientos.

En este sentido, UGT aboga por un aumento de los recursos destinados anualmente a la política estatal de vivienda y concentrar dichos recursos en un Plan para consolidar un gran Parque Público de Viviendas en Alquiler Asequible. Reservando la figura de la vivienda de protección oficial para las viviendas protegidas de alquiler, garantizándose su carácter permanente y no descalificable. El objetivo sería que el presupuesto alcanzase el 0,3% del PIB en cuatro años (4.000 millones de euros). A medio plazo el fin sería el llegar al 1% del PIB.

Asimismo, hay que poner, de forma inmediata, un Plan plurianual de construcción o adquisición pública de viviendas destinadas al alquiler, con el objetivo de disponer en 4 años, al menos, de 100.000 viviendas públicas de alquiler público entre todas las administraciones públicas.

Por último, resulta imprescindible, entre otras medidas, una reforma del procedimiento de ejecución hipotecaria (Ley de Enjuiciamiento Civil y leyes hipotecarias), puesto que resultan excesivamente dolorosas para las personas deudoras, al objeto de regular una auténtica “segunda oportunidad” para aquellos hogares con deudas hipotecarias. Un procedimiento en el cual los jueces tuviesen la facultad de paralizar las ejecuciones en el caso de personas insolventes de buena fe, estableciendo un plan de pagos que permitiese a las familias seguir residiendo en su hogar habitual.


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