Delegación del Gobierno en Mérida
Escrito por José Luís Arellano Herrera Jueves 08 de Octubre de 2015 11:52
Opinión - José Luís Arellano Herrera
www.nosolomerida.es | Opinión | José Luís Arellano Herrera | El 12 de Diciembre de 1.981 la Asamblea de Extremadura (es decir el pueblo soberano), que se celebró en Mérida, aprobó el proyecto de Estatuto de Autonomía de Extremadura. Se aceptó por UNANIMIDAD, que Mérida fuera la Capital Autonómica de Extremadura y Sede de todas las Instituciones Regionales.
El Delegado del Gobierno, debe estar en Mérida que es la Capital de Extremadura, porque lo dice la: Ley 17/83, de 16 de Noviembre, en su Artículo 4 y la Ley 6/97, de 14 de Abril, en su Artículo 22.3.
En los que se lee textualmente que “La Delegación del Gobierno, ha de tener su Sede en la localidad donde radique el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, salvo que
el Consejo de Ministros determine otra cosa”.
Y que sepamos, ni el Consejo de Ministros se ha pronunciado en contra, ni el Delegado del Gobierno está donde debe estar, que no es otro sitio que MÉRIDA.
Además: ¿Porqué en Badajoz residen el Delegado y el Sub-Delegado, cuando en Cáceres solo hay un Sub-Delegado y aquí nada?.
Lo único que pretendemos sencilla y llanamente, es que se cumpla la Ley en Extremadura, (que no se está cumpliendo) y que si la Delegación del Gobierno, tiene que estar en Badajoz o en otra parte, que no sea Mérida, es el Consejo de Ministros, quién lo debe determinar, derogando esas Leyes que ya existen.