Publicada la orden que regula las subvenciones de apoyo y fomento de la cultura taurina en Extremadura

Extremadura

www.nosolomerida.es | La Junta de Extremadura publica este viernes en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) la orden que establece las bases reguladoras de concesión de subvenciones dirigidas al apoyo y fomento de la cultura taurina en la Comunidad.

Así, según precisa la orden, se financiarán proyectos y actividades destinadas a potenciar, fomentar, apoyar y difundir la cultura taurina en Extremadura, a solicitantes que sólo podrán presentar un único proyecto, si bien podrán desarrollar uno o varios de los cuatro ejes de actividades a los que se orienta estas ayudas.

Entre otras acciones, se subvencionarán elementos y material didáctico necesario para actividades incluidas en los planes de enseñanza de las Escuelas de Tauromaquia registradas y establecidas en Extremadura; cursos o jornadas formativas de naturaleza docente dirigidas a diferentes profesionales, colaboradores y colaboradoras, y autoridades que intervienen en los festejos taurinos, impulsando el aprendizaje y la formación profesional en estos dos ejes.

En materia de difusión y divulgación del mundo del toro se financiarán gastos de conferencias, coloquios, mesas redondas, exposiciones, distinciones, impresión de revistas, guías, folletos y carteles informativos.

BENEFICIARIOS


Podrán solicitar estas ayudas entidades locales de la Comunidad, entendiéndose por tales los municipios, las entidades locales menores, las mancomunidades, las diputaciones provinciales, así como sus correspondientes organismos públicos vinculados o dependientes, así como asociaciones, federaciones, confederaciones u otras entidades privadas de análoga naturaleza sin ánimo de lucro que se hallen legalmente constituidas conforme a la normativa aplicable.

En ambas modalidades, la cuantía individualizada de la subvención a otorgar a cada una de las solicitantes, hasta la extinción del crédito previsto para cada modalidad, será del 100 % del importe solicitado, con las limitaciones que indica el DOE.

Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado que figure en la correspondiente resolución de convocatoria e irán dirigidas a la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, competente en materia de espectáculos públicos.

En cuanto al plazo de presentación no podrá ser inferior a diez días hábiles tras la publicación de la convocatoria.


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