El Gobierno de Mérida mantiene su decisión sobre la actual jornada de trabajo de la Policía Local

Mérida

www.nosolomerida.es | La delegada de Policía Local, Raquel Bravo, ha explicado en rueda de prensa tres sentencias en relación a distintos aspectos del servicio.

En la primera de ellas, “el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº 2 de Mérida ha dado la razón al Ayuntamiento en el litigio por el cobro indebido por servicios extraordinarios que realizaron doce agentes de la Policía Local por un valor de 8.000 euros cada uno”.   “Este Equipo de Gobierno inició el procedimiento para que ese dinero cobrado por estos agentes fuera devuelto a las arcas municipales. Los agentes entonces demandaron al Ayuntamiento entendiendo que esta decisión no era correcta   y ahora el Juzgado nos da la razón y atestigua que el procedimiento y la ejecución de esta medida se ajustan a derecho”.


DENEGACIÓN DE UN PERMISO SINDICAL

La delegada también se ha referido a una segunda sentencia emitida por la Audiencia Provincial que ratifica el archivo de la demanda de un agente de Policía Local “por habérsele denegado un permiso por horas sindicales”.

Raquel Bravo explicaba que “el juzgado ampara la decisión de este Equipo de Gobierno. En este caso, la decisión del anterior delegado de la Policía, Manuel Balastegui, con respecto a la negación de un permiso, que solicitó para el 3 de marzo de 2013, un Policía Local perteneciente al sindicato SPPME. Solicitó horas sindicales el domingo en que se celebraba la Media Maratón Ciudad de Mérida”.

Añadía Bravo que “este agente se querelló por prevaricación y atentado contra los derechos fundamentales contra el anterior delegado, Manuel Balastegui y el Juzgado de Instrucción Nº1 dictó sobreseimiento de la causa el 29 de noviembre de 2013. Se instó el recurso de apelación por parte de este agente y ha sido ahora cuando la Audiencia Provincial, el 23 de enero de 2014, ha vuelto a ratificar el sobreseimiento de la demanda”.

La delegada aclaraba que en esta sentencia “queda claro y evidente que no ha habido en ningún caso ni prevaricación, ni abuso de poder, ni vulneración de los derechos fundamentales”.

“El juzgado entiende que este Equipo de Gobierno actuó pensando en el bien de los emeritenses, que fue una decisión correcta y que de hecho hubiera sido una falta de responsabilidad conceder ese permiso puesto que se hubiera puesto en peligro la seguridad de los ciudadanos en la celebración de esta prueba deportiva”, añadía Bravo.

También recordaba que “no es la primera vez que algunos sindicalistas denuncian a este Equipo de Gobierno por vulneración de los derechos fundamentales. Ya lo hizo también el señor Juan Luis Lancho de CC.OO. En ambos casos han sido los jueces los que han dado la razón a este Ayuntamiento”.

Con respecto a la denuncia de Pablo Simón, Raquel Bravo señalaba que “este trabajador en un año había disfrutado de noventa y tres días de asuntos sindicales, la mayoría de ellos en turnos de sábado, domingo, festivos y noches. No deja de ser una muestra, decía Bravo, de la forma de actuar de algunos sindicalistas de la Policía Local”.


MODIFICACIÓN DE LA JORNADA LABORAL

La última de las sentencias de las que daba cuenta Raquel Bravo se refiere a la modificación de la jornada laboral de este Cuerpo de Seguridad.

“El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº1 de Mérida interpreta que no hubo negociación colectiva suficiente en el caso en que CC.OO, SMP y CSI-F denunciaron la decisión de Junta de Gobierno de modificar la jornada laboral de la Policía Local”.

“El juzgado interpreta que no hubo negociación colectiva suficiente que amparara esta modificación de la jornada y se declara nulo este acuerdo. Nosotros respetamos esta sentencia aunque de la misma manera no estamos de acuerdo en la interpretación puesto que se desarrollaron todas y cada una de las mesas de negociación preceptivas en orden y convocatoria para la toma de los acuerdos posteriores en Junta de Gobierno”.

También aclaraba la delegada que “la sentencia no entra a valorar si la jornada que ha planteado este Ayuntamiento es ilegal o no, si es buena o es mala, si vale o no vale. Esto no se está juzgando aquí. No se ha dicho que la jornada sea ilegal sino que entiende que no ha habido la negociación suficiente”.

Raquel Bravo recordaba que “esta decisión se tomó pensando en el beneficio de la ciudad. Seguimos creyendo en la jornada de 37,5 horas semanales para la Policía Local, porque lo marca la ley. Esta medida provocó la disminución de 48 horas extra que cobraban por adelantado todos los agentes a razón, en algunos casos, de hasta 42 euros por hora, que en la mayoría de los casos no se trabajaban. El ahorro que supuso la medida fue de 298.397 euros anuales. Atendiendo a esto y la necesaria reducción del déficit, que ha pasado de 16% al 11%, entendimos que era necesario”.

“No vamos a desdecirnos de las ventajas que tiene esta jornada ni de la decisión que tomamos entendiendo que era la mejor y más efectiva. Si tenemos que preguntarle al juzgado cuántas horas considera efectivas de negociación, lo preguntaremos, y lo negociaremos. Por supuesto, nosotros hemos hecho lo que la ley nos ha marcado”, añadía Bravo, quien anunciaba también que “entendiendo los beneficios de este acuerdo, vamos a apelar la sentencia y la vamos a recurrir”.



 

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